La colegiación

El ejercicio profesional necesita de un ordenamiento legal y uniforme, tanto de las atribuciones y derechos, como de las obligaciones y responsabilidades de las y los profesionales, por lo que la legislación establece la colegiación obligatoria como medio para garantizar la defensa de los derechos de las y los consumidores y usuarios, y el cumplimiento de los requisitos legales y de calidad de la actividad profesional de las y los Diseñadores de Interior / Decoradores.

Pero Independientemente de lo que establezca la ley, la colegiación implica un acto de conciencia profesional,   ya que a través del Colegio contribuimos a la formación de un colectivo fuerte y organizado, que permita la defensa de la profesión, en todos los ámbitos, públicos o privados, que nos permita combatir el intrusismo profesional y la competencia desleal y cualquier circunstancia que menoscabe el prestigio o deteriore la imagen de los profesionales del Interiorismo.

 

La habilitación profesional

Por “habilitación profesional” se entiende la acreditación por la que se reconoce la capacitación para ejercer una profesión, sobre la base de la cualificación de la educación recibida, siendo los Colegios Profesionales las únicas instituciones de Derecho Público que pueden otorgar la habilitación para el ejercicio legal de las profesiones reguladas.

El Colegio Oficial de Diseñadores de Interior / Decoradores te reconoce y habilita para la actividad profesional y la aplicación práctica de tu formación, respetando y defendiendo tus competencias y atribuciones profesionales.

Modalidades de colegiación y precios

Tenemos establecidas tres modalidades de colegiación con distintas cuotas:

  • EJERCIENTE. Si vas a ser profesional en activo, ejerciendo la profesión de Decorador-a/ Diseñador-a de Interior, ya sea por cuenta propia o ajena, e independientemente del ámbito profesional en el que desarrolles tu actividad, tienes que estar de alta como ejerciente. La cuota es de 50 €/mes.

Contarás con la habilitación profesional, tendrás acceso a todos los servicios colegiales, incluido el seguro de responsabilidad profesional, y participarás en las decisiones que afectan al Colegio y a la profesión.

  • NO EJERCIENTE. Si no vas a ejercer la profesión en ninguno de sus campos, ya que tu actividad laboral no tiene nada que ver con el interiorismo, o trabajas por cuenta ajena con un contrato laboral que no es de diseñador-a de interiores, se te considera no ejerciente. La cuota es de 35 €/mes.

Disfrutarás de todos los servicios del Colegio, salvo los relacionados con la actividad profesional, y podrás participar en las decisiones que afectan al Colegio y a la profesión.

  • DESEMPLEO. Si estás en situación de desempleo se te considera no ejerciente, pero tienes opción a una cuota reducida de 15 €/mes.

La cuota de alta es de 100 € para cualquier modalidad de colegiación, pero si has obtenido tu título en los últimos tres años, te ayudamos a incorporarte al Colegio eximiéndote de este pago.

EJERCIENTE

  • REGISTRO y VISADO de TRABAJOS
  • SEGURO de RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
  • BOLSA de TRABAJO
  • ASISTENCIA TÉCNICA y JURÍDICA
  • FORMACIÓN y ACTIVIDADES
  • PARTICIPACIÓN en las DECISIONES del COLEGIO

NO EJERCIENTE

  • BOLSA de TRABAJO
  • ASISTENCIA TÉCNICA y JURÍDICA
  • FORMACIÓN y ACTIVIDADES
  • PARTICIPACIÓN en las DECISIONES del COLEGIO

DESEMPLEO

  • BOLSA de TRABAJO
  • ASISTENCIA TÉCNICA y JURÍDICA
  • FORMACIÓN y ACTIVIDADES
  • PARTICIPACIÓN en las DECISIONES del COLEGIO

Tramitación

Puedes tramitar tu colegiación en las oficinas del Colegio Oficial de Diseñadores de Interior / Decoradores de Navarra, o hacerlo online enviando la solicitud de alta y el resto de la documentación a info@codinternavarra.com

La documentación que tienes que aportar para colegiarte es la siguiente:

  • Copia o resguardo del título oficial habilitante
  • Copia del D.N.I.
  • Fotografía tipo carnet en formato digital
  • Formulario de Alta que debes remitir cumplimentado con tus datos y la cuenta bancaria
  • Justificante bancario del ingreso de la cuota de alta en la cuenta del Colegio

¿Porqué colegiarse?

Estas son algunas razones para colegiarse y formar parte de nuestro colectivo

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Habilitación profesional
Solo si te colegias dispones de la habilitación profesional para ejercer de decorador-a/ Diseñador-a de interiores
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2
Firma
Podrás suscribir tus proyectos y diseños, no permitas que nadie se atribuya tu trabajo
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3
Futuro
Si vas a ser profesional del interiorismo, el futuro de la profesión es tu futuro. Participa en las decisiones que afectan a las competencias y el desarrollo de tu futura profesión
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4
Servicios
Disfruta de los servicios que te ofrece el Colegio: bolsa de trabajo, asesoría técnica continua, documentación para tramitar tus trabajos, servicio de asistencia jurídica, ventanilla única, etc.
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5
Formación continua
Participa en cursos, presentaciones, exposiciones y actividades organizadas por el Colegio y aprovecha los descuentos profesionales en ferias y certámenes
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6
Registro y visado de trabajos
El visado colegial puede ser solicitado por tu cliente o exigido por la administración para la tramitación de licencias y supone el reconocimiento de la aptitud profesional de quien redacta el Proyecto
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7
Seguridad
Dispón de un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional sobre todos tus trabajos visados o registrados
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Profesionalidad
Forma parte del colectivo que representa y defiende la profesión del Diseño de Interiores y la Decoración. Como profesional deberás acogerte al Código Deontológico, lo que prestigiará tu trabajo frente a la administración, clientes y competencia
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Mediación
El Colegio atenderá las posibles reclamaciones de tus clientes, mediando para procurar su solución amistosa
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Legalidad
La colegiación es obligatoria para ejercer la actividad, colégiate y regulariza tu situación
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¿Es obligatoria la colegiación para las y los Decoradores / Diseñadores de Interiores?

Para ejercer legalmente la actividad de decorador será requisito indispensable estar colegiado en la corporación profesional que se crea por el presente Decreto.

Así de rotundo establece el Decreto 893/1972, de 24 de marzo, por el que se crea el Colegio de Decoradores, la colegiación obligatoria para el ejercicio profesional de la decoración / diseño de interiores, no obstante, todavía hay quien cuestiona este imperativo legal.

Puedes encontrar respuesta a algunas preguntas frecuentes sobre la cuestión en este FAQ